sábado, 16 de abril de 2016

Permiso de Paternidad


Los padres tienen un permiso por nacimiento de hijos, independiente del de la madre, de 13 días ininterrumpidos que se suman a los 2 que ya existían por el nacimiento de un hijo.

¿Cómo se solicita?

Para solicitar el permiso por paternidad hay que ir al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y pedir la baja.

Los 13 días de permiso paternal hay que cogerlos todos juntos justo después de los dos días que existen por nacimiento de hijo, a lo largo de la baja maternal o cuando esta termina.

¿Qué documentación debo presentar para su concesión?

Es necesario llevar el Libro de Familia, el Documento Nacional de Identidad (DNI), la nómina correspondiente al mes anterior al nacimiento del pequeño, un certificado de la empresa con las bases de cotización, una domiciliación bancaria y la solicitud cumplimentada.

Requisitos para cobrar el permiso de paternidad

Igual que ocurre con la baja maternal, hay que estar dado de alta en la Seguridad Social o en situación asimilada de alta (cobrando el paro, por ejemplo) y haber cotizado un periodo mínimo de 180 días dentro de los últimos 7 años o 360 días en toda tu vida laboral.

¿Cuánto se cobra?

Durante los días de permiso por paternidad se cobra el 100 de la base reguladora, es decir, una cantidad diaria que se obtiene de dividir el suelo antes de las retenciones entre 30 días.
Para ello se tiene en cuenta la nómina del mes anterior al nacimiento o adopción del niño.

¿Qué pasa en caso de adopción?

En el caso de adopción o acogimiento el permiso por paternidad solo le corresponderá a uno de los miembros de la pareja.
Si uno de los padres disfruta de la baja maternal, el otro miembro puede pedir el subsidio por paternidad siempre que cumpla los requisitos exigidos por la ley.

Casos especiales: familia numerosa, parto múltiple…

  • Si el nuevo nacimiento o adopción se produce en una familia numerosa o que con el nuevo nacimiento la familia adquiere esta condición, el permiso paternal será de 20 días naturales.
  • En el supuesto de parto, adopción o acogimiento múltiples, este permisose amplia en 2 días más por cada hijo a partir del segundo.
Más información: Seguridad Social

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